Retiro de cesantías:
Notificación de vacaciones
Protección al cesante.
Suspensión de acreditación de fe de vida
En virtud del Estado de Emergencia decretado por los gobiernos de Colombia y de muchos países en el mundo, se han implementado un número significativo de disposiciones en diferentes ámbitos, en donde los aspectos laborales cobran gran relevancia. Si bien en nuestro país ya contábamos en Código Sustantivo del Trabajo con varias alternativas para afrontar situaciones como las actuales, se deberán conocer y aplicar en concordancia con las disposiciones que se han decretado en virtud del Estado de emergencia Decretado por el Gobierno Nacional.
Orientado a las necesidades de sus clientes, Tannus & Asociados cuenta con amplia experiencia prestando asesoría oportuna y con alto valor agregado, en materia Laboral y de Seguridad Social. Permítanos asesorarlo y apoyarlo con las alternativas legales en materia laboral, para que los despidos de trabajadores sean la última alternativa. Algunas de estas son:
Alternativas que tienen los empleadores en tiempos de pandemia:
Podrán prestarse los servicios contratados a través de la figura del teletrabajo, previo acuerdo entre el trabajador y la empresa, en aquellos casos donde las funciones y actividades propias del cargo sean susceptibles de ser ejecutadas
Si bien muchas empresas no podrán hacer uso de las medidas antes mencionadas, también estamos en capacidad de brindar asesoría en todo lo relacionado con la terminación de contratos por mutuo acuerdo, justa causa o sin justa causa. De igual manera se deberán tener en cuenta las disposiciones en materia de despido colectivo y las alternativas que se podrían construir por medio de los planes de retiro de empleadores.
Por medio de la Resolución 666 de 2020 se establece el protocolo general de operación y las disposiciones especiales que rijan según cada sector, el cual aplicará a todas las empresas del sector público y privado.
Las empresas deberán apoyarse en las Administradoras de Riesgos Laborales para la realización de las adaptaciones particulares a su actividad, con miras a construir e implementar lineamientos que garanticen el distanciamiento social, así como procesos de higiene y protección en el trabajo.
El empleador tendrá dentro de sus responsabilidades: Capacitar a sus trabajadores y contratistas sobre el protocolo, reportar a la EPS y ARL sobre los casos sospechosos y confirmados de Covid-19, incorporar canales de comunicación efectivos tendientes a brindar información sobre la prevención, propagación y atención del virus, entre otras.
Los trabajadores por su parte, deberán acatar los protocolos implementados por el empleador, reportar cualquier caso de contagio que se presente en el lugar de trabajo o familia así como tomar los cuidados de salud y reportar al empleador o contratante de cualquier alteración de su estado de salud, especialmente con aquellos síntomas relacionados con el Covid-19.
@tannusasociados
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Tannus & Asociados
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